¡Lidera Energía responde!

Desde Lidera Energía seguimos dando respuesta a las preguntas más repetidas en materia de subvenciones de placas solares:

7. ¿Es cierto que hay subvenciones que financian el 80% de la instalación?

Sí, pero debe haber una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos 35% en zonas climáticas D y E y 25% en zona climática C.

Subvenciones Lidera

Por lo tanto, las únicas con las que sí podemos solicitar serían las provincias de:

  • Cádiz
  • Málaga
  • Huelva
  • Sevilla
  • Córdoba
  • Almería
  • Murcia
  • Comunidad Valenciana al Completo
  • Tarragona

Además, es como hablamos el máximo;

Subvención Lidera

*La experiencia nos determina que solo con fotovoltaica llegar a un ahorro del 60% es improbable.

Las zonas de las provincias son orientativas, tendríamos que estudiar el caso a caso, el municipio concretamente.

8. ¿Qué sucede si una sociedad paga el primer hito de la instalación, y es el propietario el que paga la segunda parte?

La Junta de Andalucía aclara que para ser beneficiario de la subvención debe en todo caso coincidir el destinatario último con el titular, propietario de la instalación. En el supuesto planteado por el compañero, el cliente era una S.L que quería pagar el primer hito de su propia cuenta y el segundo hito el administrador de la misma a título particular. Como solución a este respecto planteamos la opción de que el administrador hiciese una aportación de capital a la sociedad y pagase el segundo hito desde la sociedad.

9. El cliente tiene una segunda vivienda y quiere compartir sus excedentes con su primera vivienda, ¿se consideraría energía autoconsumida?

No, no se consideraría AUTOCONSUMO, tendríamos que AUTOCONSUMIR EL 80% y volcar a la red el 20% restante con su primera vivienda.

Si no se produce lo anterior, ¿eficiencia? Para ir a eficiencia debe aportar un volante de empadronamiento, debiendo reflejar además un registro de más de dos meses para poder ser tramitado.

10. ¿Me vale un certificado de eficiencia que expedí hace 5 años, cuando compré la casa, por ejemplo?

Tiene validez jurídica, sin embargo, para el IRPF no deben haber pasado más de dos años entre el primero y el segundo.

11. ¿Puedo tramitar la subvención de la batería después de la de AUTOCONSUMO?

Sí, si soy particular, puedo solicitarlo en cualquier momento.

12. ¿Sería incompatible con la subvención de eficiencia?

No, son subvenciones dirigidas a distintos aspectos, en un caso uno iría dirigida a la instalación fotovoltaica y la otra al almacenamiento. Podríamos considerar que es una actuación complementaria.

 

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En Lidera Energía queremos darte todas las respuestas a tus dudas sobre placas solares. Y como queremos aportarte las mayores facilidades posibles, nos encargamos de solicitar las subvenciones disponibles para tu instalación.

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